Firma y Vigencia
Firmado en Santa Cruz de la
Sierra, Bolivia, el 6 de abril de 1993, fue promulgado en Chile mediante
Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 402, del 22 de abril
de 1993 y publicado en el Diario Oficial del 30 de junio del mismo año. Entró
en vigencia el 1 de julio de 1993.
Descripción
Corresponde a un Acuerdo de
Complementación Económica, suscrito en el marco del Tratado de Montevideo de
1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). El
objetivo del convenio es sentar las bases para una efectiva integración
económica, facilitar, ampliar y diversificar el intercambio comercial.
El acuerdo cuenta con 18
capítulos y 4 anexos. La normativa regula materias como el programa de
desgravación arancelaria, salvaguardias, complementación energética, solución
de controversias, normas técnicas, sector automotor, prácticas desleales de
comercio, y compras gubernamentales, entre otras.
Las reglas de origen y los procedimientos
aduaneros están regulados por la Resolución Nº 78, que contiene el Régimen de
Origen de la Asociación, cuyo texto consolidado y ordenado se encuentra en la
Resolución Nº 252, del 4 de agosto de 1999.
OBJETIVOS
El principal objetivo del Acuerdo
es facilitar, ampliar y diversificar el intercambio comercial de bienes y
servicios entre los países signatarios, fomentar y estimular actividades
productivas localizadas en sus territorios y facilitar las inversiones de cada
país signatario en el territorio del otro. Establece disposiciones relativas al
Programa de Liberación, Régimen de Origen, Cláusulas de Salvaguardia, Prácticas
Desleales de Comercio, Evaluación del Acuerdo, Tributación, Inversiones,
Complementación Energética, Cooperación Económica, Comisión Administradora del
Acuerdo, Comité Asesor Empresarial, Solución de Controversias, Vigencia y
Duración, Adhesión, Denuncia, Convergencia, etc.
Programa de Liberalización
El acuerdo original contemplaba 4
anexos. El primero estableció preferencias otorgadas por Chile, sin
reciprocidad, para productos de origen boliviano; los anexos 2 y 3 contenían
los productos liberados de aranceles aduaneros y el anexo 4 comprendía
productos con rebajas arancelarias parciales. En marzo del 2006, fue
suscrito el decimoquinto protocolo que tiene como objetivo ampliar y
profundizar el programa de liberación arancelaria. Dicho protocolo
tiene como fin otorgar el cien por ciento (100%) de preferencia arancelaria a
las importaciones de cualquier producto originario de Bolivia, excepto aquellos
contenidos en el anexo de excepciones de dicho protocolo.
Desde la entrada en vigencia del
convenio se han suscrito 16 protocolos adicionales. A través del séptimo,
décimo y decimoquinto se amplió el programa de desgravación arancelaria.
ENTRA A VER EL TRATADO DEL ACUERDO ECONÓMICO AL SIGUIENTE LINK:
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